jueves, 27 de agosto de 2015

EL TERRORISMO

INTRODUCCION
En las últimas décadas la sociedad ha sido víctima de uno de los peores flagelos: el terrorismo, que es un hecho expresivo de violencia que se lo puede ver durante toda la historia (conquistas, guerras) con sus más variadas formas de expresión y crueldad. El terrorismo se constituye así tanto en el ámbito interno como en el mundial, como en una vía abierta a todo acto violento, degradante e intimidatorio, y aplicado sin reserva o preocupación moral alguna. No es, por lo tanto, una práctica aislada, reciente ni desorganizada pero no por ello estructurado.

Los fines buscados por esta forma de "guerra" no convencional pueden tener fines políticos, religiosos, culturales y lisa llanamente la toma del poder por un medio totalmente ilícito. Por dichas causas, el mundo se ve sacudido diariamente con noticias de atentados producidos en la vía pública, donde pierden la vida gente inocente y totalmente ajena a esa "guerra" o intereses diversos.

Este fenómeno es una de las formas de violencia más difíciles de contener debido a que su campo de acción se extiende más allá de las regiones de conflicto. Es un fenómeno que se caracteriza por: su violencia indiscriminada, involucrando a víctimas que no tienen nada que ver con el conflicto causante del acto terrorista.; su impredisibilidad, actúa por sorpresa creando incertidumbre, infundiendo terror y paralizando la acción; su inmoralidad, produce sufrimiento innecesario, golpeando las áreas más vulnerables; ser indirecto, el blanco instrumento es usado para atraer la atención y para ejercer coerción sobre la audiencia o un blanco primario, a través del efecto multiplicador de los medios de comunicación masivos. A los actos terroristas debe responderse por medio de normas jurídicas que contemplen su prevención y sanción.

Nuestro país no es ajeno, debido a que en las épocas de los 80 y 90 se sufrió este terrible episodio, pero gracias a las actividades de inteligencia se logro desarticular y eliminar casi por completo este terrible mal de nuestra sociedad.

EL TERRORISMO
1.    DEFINICION
El terrorismo es el uso sistemático del terror para coaccionar a sociedades o gobiernos, utilizado por una amplia gama de pseudoorganizaciones políticas en la promoción de sus objetivos, tanto por partidos políticos nacionalistas y no nacionalistas, de derecha como de izquierda, así como también por corporaciones, grupos religiosos, racistas, colonialistas, independentistas, revolucionarios, conservadores y gobiernos en el poder

El terrorismo, como táctica, es una forma de violencia que se distingue del terrorismo de Estado por el hecho de que en este último caso sus autores pertenecen a entidades gubernamentales. Se distingue también de los actos de guerra y de los crímenes de guerra en que se produce en ausencia de guerra. La presencia de actores no estatales en conflictos armados ha creado controversia con respecto a la aplicación de las leyes de guerra

En su sentido más amplio, el terrorismo es la táctica de utilizar un acto o una amenaza de violencia contra individuos o grupos para cambiar el resultado de algún proceso político. Ahora bien, el terrorismo puede ser definido de manera más específica tomando en cuenta diferentes aspectos.

Definición gramatical, que siguiendo el diccionario de la lengua española, editado por la Real Academia Española, lo define así: "(del Latín terror). Dominación por el terror.// Sucesión de actos de violencia ejecutados para infundir terror".[1]

Definición Histórica, "época durante la Revolución Francesa en que eran frecuentes las ejecuciones por motivos políticos".

Definición Jurídica, que de acuerdo al diccionario de ciencias jurídicas, políticas y sociales de Manuel Osorio, lo define así: actos de violencia en contra de personas, la libertad, la propiedad, la seguridad común, la tranquilidad pública, los poderes públicos y el orden constitucional o contra la administración pública"[2]

Definición Militar: " serie de actos de violencia, destinados a infundir terror por medio de la eliminación de personas. Crea un estado físico y espiritual que prepara a la población para su captación y conquista y que facilita su dominación. El terrorismo tiene un objetivo aparente y sin mayor sentido en sí mismo, como es la difusión del miedo, pero su finalidad real pasada es ,juzgar al pueblo, a través de la aplicación de un metodología activa y esencialmente torturante".[3]

Definición Política: No existe una definición política concreta sobre el terrorismo, Los países occidentales cuando internamente se ven afectados, lo incluyen dentro de las figuras tipificantes de violaciones, como delitos contra las personas, la libertad

Externamente, cuando deben calificarlos, lo hacen desde dos puntos de vista. El primero , si ellos han acaecidos durante el estado de guerra, estarán dentro de las violaciones a los tratados suscritos, tales como los Convenios de Ginebra de 1949, o de aspectos particularizados, como aquellos que originaron el Acuerdo y Estatuto de Londres, del 8 de Agosto de 1945, determinantes del Tribunal de Nuremberg.

Durante el estado de paz, por la aplicación de las normas previstas en la resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas, en 1974, en la cual se define a la agresión, por la violación de la Declaración Universal de Derechos Humanos.

2.    CARACTERISTICAS
Tenemos las siguientes características:
-       Su violencia indiscriminada: extiende sus efectos a la totalidad de la población.
-       Su imprevisibilidad: actúa con sorpresa infundiendo terror.
-       Su inmoralidad produce sufrimiento innecesario: golpean las áreas más vulnerables.
-       Es indirecto: desvía la mirada de la población a un punto, que no es el blanco que se proponen.
-   El escape de la religión y en alguna medida del nacionalismo y sus conceptos básicos, producto de la Globalización que desconoce fronteras.
-       El auge de la toma de rehenes y escudos humanos.
-       El Terrorismo por cuenta propia que tiene como blanco a la población civil.
-       Participación creciente de militares, ex – militares, y miembros de los servicios de inteligencia.

3.    EL TERRORISMO EN EL MUNDO – ALGUNOS ASPECTOS A TENER EN CUENTA
La manifestación más importante del terrorismo tras la II Guerra Mundial fue la ola de violencia internacional que tuvo lugar a mediados de la década de 1960. Varios elementos confluyeron para facilitar y hacer más evidente el terrorismo internacional: avances tecnológicos, la creación de armas más pequeñas pero con mayor poder de destrucción; los medios para una mayor rapidez de movimientos y de comunicación que disponían los terroristas; las amplias conexiones mundiales de las víctimas elegidas y la publicidad que generaba cualquier ataque terrorista.[4]

Los orígenes de la ola terrorista que se inició en la década de los sesenta pueden remontarse al conflicto que en el Oriente Próximo enfrenta a las naciones árabes contra Israel.

A finales de la década de los cuarenta, algunos radicales judíos, como la banda Stern y el Irgun Zvai Leumi, utilizaron el terrorismo contra las comunidades árabes y otros grupos en su lucha por la independencia de Israel. Durante y después de la década de los sesenta, sus adversarios árabes decidieron utilizar el terrorismo de forma mucho más sistemática. La expulsión de guerrillas palestinas de Jordania en septiembre de 1970 fue conmemorada con la creación de un brazo terrorista extremista llamado Septiembre Negro.

La OLP (Organización para la Liberación de Palestina) ha llevado a cabo operaciones terroristas y de comando tanto en Israel como en diversos países del mundo. El terrorismo internacional con base palestina disminuyó durante la década de los ochenta, en un esfuerzo de la OLP por ganarse el apoyo mundial hacia su causa, pero surgieron nuevas formas relacionadas con la revolución acaecida en Irán y el auge del fundamentalismo islámico.

El avance del terrorismo más allá del Oriente Medio en la década de los sesenta fue evidente en las tres naciones industrializadas en las que la transición del autoritarismo a la democracia, tras la II Guerra Mundial, había sido más rápida y traumática: Alemania Occidental (hoy integrada dentro de la República Federal de Alemania), Japón e Italia. En otros Estados occidentales surgieron asimismo grupos radicales de izquierda, financiados a menudo por gobiernos comunistas durante la guerra fría. Inspirados en vagas teorías revolucionarias y apoyados por simpatizantes izquierdistas de distintos sectores sociales, los terroristas intentaban provocar el derrumbamiento del Estado mediante una reacción violenta y autodestructiva.

La campaña terrorista llevada a cabo por el IRA tras la II Guerra Mundial surgió a partir del movimiento irlandés a favor de los derechos civiles de los años sesenta, que reclamaba mejores condiciones para los católicos de Irlanda del Norte. El terrorismo cada vez más intenso utilizado tanto por católicos como por protestantes desembocó en la segregación de ambas comunidades en zonas vigiladas por soldados y en la militarización de Irlanda. Motivados por una ideología revolucionaria de izquierda y apoyados por Libia y otros gobiernos simpatizantes de izquierda, el IRA Provisional realizó una serie de explosiones, asesinatos y otros atentados terroristas dentro y fuera de Irlanda destinados tanto contra objetivos militares como civiles. La campaña continuó hasta que el IRA declaró un alto el fuego el 31 de agosto de 1994.

Los movimientos terroristas de Latinoamérica tuvieron sus orígenes en antiguas tradiciones de conflictos políticos localizados. La principal innovación la constituyó la creación de los llamados movimientos de guerrilla urbana, ya que las actividades terroristas se desplazaron desde el campo hasta las ciudades. Sendero Luminoso, grupo terrorista maoísta del Perú, se convirtió en uno de los ejemplos más sangrientos y famosos por el uso de tácticas muy cruentas destinadas a desestabilizar el Estado y a provocar por parte de éste medidas de represión.

En la década de los noventa, dentro de una tendencia existente en Italia, con rasgos específicos por la cual el crimen organizado emula a los terroristas para promover sus intereses, algunos miembros del cártel de la cocaína en Colombia utilizaron tácticas terroristas para dificultar la aplicación de las leyes orientadas a luchar contra el tráfico de drogas.

Existen algunos casos, no obstante, registrados en el seno de democracias consolidadas, que evidencian la aplicación, a través de métodos terroristas, del trasnochado y cruel concepto de "razón de Estado" sobre la ciudadanía o sobre intereses generales. Uno de los más trágicos ejemplos del terrorismo actual en Europa lo constituye el protagonizado en España por la banda armada ETA, la cual, con sus constantes atentados, secuestros, asesinatos y coacciones, ha teñido de sangre el pacífico proceso español de consolidación de los valores democráticos.[5]

4.    TIPOS DE TERRORISMO
Podemos encontrar tres tipos importantes de terrorismo:

4.1  Narco terrorismo
Se llama de esta manera a la utilización del tráfico de drogas para promover los objetivos de ciertos gobiernos y organizaciones terroristas. El narco-terrorismo atenta contra los derechos humanos esenciales como el derecho a la vida y a la integridad física; a la tranquilidad y a la honra; a la participación política y a la libertad de expresión y comunicación, para mencionar solamente los más vulnerados.

Los jóvenes constituyen hoy el segmento más afectado de la población por la droga, el delito y la violencia. Las organizaciones de narcotraficantes los utilizan. Se puede apreciar en MEXICO, COLOMBIA Y en algunos casos en el Perú

4.2  Terrorismo Económico:
En este caso los interés únicamente son económicos sin embargo la similitud en la estrategia de ataque y agravio son las mismas. Por ejemplo, podemos señalar en esta variante casos como los Cárteles de la droga hispanoamericana, que justifican sus asesinatos, secuestros, extorsiones y ajustes de cuentas, para realizar operaciones de demostración de su poder ante otras organizaciones, gobiernos o estados.

4.3  Terrorismo Ecológico:
Se establece en el descuido e ignorancia que le damos a todo lo natural que nos rodea por medio de nuestras acciones ya sea la flora, fauna, medio ambiente, planeta.

4.4  Terrorismo Nuclear
Este tipo de terrorismo será uno de los más preocupantes en los próximos años. La ex-Unión Soviética es la principal fuente de esta preocupación. Allí se pueden encontrar residuos de armas nucleares. Evitar el tráfico ilegal de material radiactivo es muy importante porque a las sustancias con que se trafica se les puede dar uso militar o terrorista y porque también puede producir un desastre sanitario.

Algunos especialistas menciona que en países de Asia como Pakistán pueden ser vulnerables a este tipo de terrorismo por ser una potencia nuclear

4.5  Terrorismo de Estado
Es el uso sistemático, por parte del gobierno de un Estado, de amenazas y represalias, considerado a menudo ilegal dentro incluso de su propia legislación, con el fin de imponer obediencia y una colaboración activa a la población. Por su naturaleza es difícil de identificar, y los conceptos varían en función del carácter de las épocas históricas, zonas geográficas y características culturales.

Los regímenes despóticos del pasado utilizaban con frecuencia prácticas de este tipo, que las democracias modernas condenarían sin necesidad de realizar una crítica contemporánea rigurosa. Las formas más desarrolladas de terrorismo de Estado, para las que el término fue inventado, han sido los sistemas empleados en el siglo XX bajo el fascismo y el comunismo. Asimismo, la práctica de terror desde el poder se extendió en el siglo XX bajo regímenes militares o militarizados en el seno de democracias formales.

5.    TERRORISMO EN EL PERU
Si hablamos de terrorismo en nuestro país, se puede decir que fue la época durante la cual el Estado Peruano recibió constantes atentados terroristas, esta se extendió desde 1980 hasta el año 2000, los ataques fueron perpetrados por grupos armados no considerados como fuerzas regulares; disminuyó notablemente alrededor de 2000, considerándose como el fin del terrorismo.

Las acciones estuvieron marcadas por los enfrentamientos de los grupos terroristas Sendero Luminoso y el MRTA contra el Estado peruano, que conllevaron a la derrota total del MRTA y al desplazamiento de Sendero Luminoso a ciertas zonas la selva. Entre 1980 y 2000 se estima, según datos de la Comisión de la Verdad y Reconciliación, que fallecieron cerca de 70.000 personas. Los principales actores de este conflicto fueron Sendero Luminoso, el Movimiento Revolucionario Túpac Amaru y el Estado del Perú, y las principales víctimas, los campesinos habitantes de las zonas más pobres y desprotegidas del país.

La mayoría de victimas fueron pobladores indígenas y quechua hablantes de las zonas rurales, quienes se opusieron al régimen  del terror, y asi mismo también atacaron a las ciudades de nuestro país con los famosos coches bombas.

5.1  INICIO DEL TERRORISMO EN NUESTRO PAIS
Durante el Gobierno Revolucionario de las Fuerzas Armadas, Sendero Luminoso se organizó como un grupo político maoísta en la Universidad Nacional San Cristóbal de Huamanga en la región de Ayacucho. El grupo era liderado por Abimael Guzmán, nacido en Arequipa y profesor comunista de filosofía de la Universidad San Cristóbal de Huamanga. Guzmán se había inspirado en la Revolución Cultural que había presenciado durante su visita a China. Los miembros de Sendero Luminoso entraron en conflicto con miembros de otros grupos políticos y pintaron graffiti exhortando a la "insurrección" contra el Estado peruano.[6]

Desde mi perspectiva esto se debió a la influencia que se dejaron llevar algunos lideres estudiantiles como es el caso de Abismal Guzmán

5.2  GRUPOS TERRORITAS DE NUESTRO PAIS
·         SENDERO LUMINOSO
El grupo comunista Sendero Luminoso fue fundado a finales de los años sesenta por el entonces profesor de filosofía Abimael Guzmán (referido por sus seguidores con el seudónimo de Presidente Gonzalo), cuyas enseñanzas crearon los fundamentos para la doctrina maoísta de sus militantes. Fue una organización que se separó del Partido Comunista del Perú - Bandera Roja, que, a su vez, se separó del original Partido Comunista Peruano y que es una derivación del Partido Socialista del Perú fundado por José Carlos Mariátegui en 1928.

A inicios de 1980, Sendero Luminoso tuvo una serie de encuentros clandestinos en Ayacucho, estos encuentros fueron conocidos como el Segundo Plenario del Comité Central. Se formó un Directorio Revolucionario que tenía naturaleza política y militar, y se ordenó a las milicias a trasladarse a áreas estratégicas en las provincias para iniciar la lucha armada

Sendero Luminoso creció tanto en el territorio que controlaba como en el número de militantes que formaban parte de la organización, principalmente en la sierra central. Tuvo algún apoyo por parte de los campesinos que obtuvo mediante la tortura y el asesinato de figuras de gran desaprobación en el campo, por ejemplo, frecuentemente mataban ladrones de ganado, cuyo crimen era considerado especialmente injurioso en las zonas pobres del Perú

A la par que su zona de influencia fue abarcando una mayor área en el Perú, Sendero Luminoso enfrentó serios problemas. Su doctrina maoísta no obtuvo respuesta en la población y su accionar violento le arrebató la simpatía que en algún momento le mostraron algunos sectores de la población.

Muchos campesinos mostraron desacuerdo con el accionar y el pensamiento de Sendero Luminoso debido a su falta de respeto por la cultura indígena y sus instituciones.

A finales de los años 1980, casi todo el espectro político peruano, incluso los políticos de izquierda marxista, no compartía la filosofía de Sendero Luminoso y rechazaba la revolución izquierdista que esta organización armada estaba aplicando.

Así, enfrentado a una población hostil (y que empezaba a organizarse para hacerle frente) las acciones de Sendero Luminoso empezaron a debilitarse. Las Rondas Campesinas, que empezaron a actuar desde 1983, se reorganizaron en distintos departamentos para hacer frente a los comandos senderistas y recibieron apoyo de las Fuerzas Armadas y del gobierno del presidente Fernando Belaúnde Terry. Esta nueva administración inició una reestructuración en la lucha antisubversiva dando privilegio a los trabajos de inteligencia que empezaron a lograr importantes capturas de cabecillas de la organización terrorista

El fin de este grupo se da con la capitulación que hace Abimael Guzman con el Gobierno de Fujimori, aunque los remanentes que sobreviven ahora su misión no es la lucha armada sino es ser narco terrorista.

·         MRTA
En 1982, el Movimiento Revolucionario Túpac Amaru (MRTA) empezó su propia guerra de guerrillas contra el Estado peruano. El grupo se había formado por remanentes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria en el Perú y se identificaba con los movimientos guerrilleros castristas en América Latina. El MRTA usaba técnicas que eran más tradicionales entre las organizaciones de izquierda de América Latina que aquellas de Sendero Luminoso. Por ejemplo, el MRTA usaba uniformes, reivindicaban la lucha por una verdadera democracia y se quejaban de abusos contra los derechos humanos por parte del Estado, mientras que Sendero Luminoso no usaba uniformes, aborrecía la democracia y rechazaba la idea de los derechos humanos

Durante el conflicto interno, el MRTA y Sendero Luminoso entablaron combate entre ellos. El MRTA representó una parte menor en el conflicto interno global, siendo declarado por la Comisión de la Verdad y de la Reconciliación como responsable del 1,5% de las muertes acumuladas a lo largo de toda la guerra. En su mayor apogeo, se cree que el MRTA se compuso de solo unos pocos cientos de miembros.

Esta cedula terrorista llego a su fin cuando sus últimos integrantes son aniquilados en el rescate Chavín de Huantar en la Embajada Japonesa.



BIBLIOGRAFIA
-       CARRASCO Jiménez, La definición del terrorismo desde una perspectiva sistémica. Plaza y Valdés, Madrid, 2009, p. 206.

-  Terrorismo, Diccionario de la lengua española (22.ª edición), Real Academia Española, 2009

-    Revista ARI, núm. 82 de 2005. Artículo publicado por Fernando Reinares. Real Instituto Elcano de Estudios Internacionales y Estratégicos.

-     Comisión de la Verdad y Reconciliación: Informe de la Comisión de la Verdad y Reconciliación. Tomo II, capítulo 1: Los actores armados. El Partido Comunista del Perú Sendero Luminoso, 2003.

-       Estudio sobre definiciones de terrorismo elaborado por el ejército de los EE.UU.

[1] Terrorismo, Diccionario de la lengua española (22.ª edición), Real Academia Española, 2009
[2] Revista ARI, núm. 82 de 2005. Artículo publicado por Fernando Reinares. Real Instituto Elcano de Estudios Internacionales y Estratégicos.
[3] CARRASCO Jiménez, La definición del terrorismo desde una perspectiva sistémica. Plaza y Valdés, Madrid, 2009, p. 206.
[4] Revista ARI, núm. 82 de 2005. Artículo publicado por Fernando Reinares. Real Instituto Elcano de Estudios Internacionales y Estratégicos.
[5]Tomado de Estudio sobre definiciones de terrorismo elaborado por el ejército de los EE.UU
[6] Comisión de la Verdad y Reconciliación: Informe de la Comisión de la Verdad y Reconciliación. Tomo II, capítulo 1: Los actores armados. El Partido Comunista del Perú Sendero Luminoso, 2003.

miércoles, 26 de agosto de 2015

LA FORMA CORRECTA DE ACTUAR CUANDO UN POLICIA NOS DETIENE EN NUESTRO VEHICULO

LO QUE DEBE HACER EN CASO DE SER DETENIDO POR ALGUN POLICIA O PATRULLERO 
Debemos como ciudadanos conocer tanto nuestras obligaciones como nuestros derechos, hoy que la inseguridad ciudadana en general es un tema que preocupa a la mayoría d...e nosotros, por ello es importante asumir una conducta de seguridad preventiva en la ciudad, a propósito sabe usted cuales son sus derechos si conduciendo su vehículo es detenido por la policía a continuación algunas recomendaciones:

PRIMERO.- En caso de ser un auto patrullero de inmediato recomendamos anotar el número de registro del vehículo pintado en el mismo 

SEGUNDO.- Poner seguro en todas las puertas del vehículo y abrir única y parcialmente la ventana del piloto para que se pueda entregar los documentos del vehículo y el brevete (licencia de conducir) en caso de ser requerido por el policía. 

TERCERO.- Exigir antes de entregar nada verle la identificación que debe llevar el miembro de la Fuerza Policial y anotarlo (la identificación debe de estar en el pecho y ser visible), usted debe exigir sus documentos al supuesto policía. Anote también la hora de la detención. Sea muy firme, no se deje intimidar

CUARTO.- No bajarse del vehículo ni abrir la puerta del mismo a la policía. No lo haga nunca. 

QUINTO.- En caso de manifestar el policía que el vehículo tiene orden de captura, indicarle al mismo que el vehículo deberá ser llevado a la comisaría más cercana, pero manejado por el propietario. Nunca por ningún motivo entregar el vehículo a la policía. 

SEXTO.- Usted NO debe permitir NUNCA la revisión del vehículo (abrir la maletera u otro acto similar), de ningún modo entregar las llaves del mismo para que pueda ser revisada la maletera u otra parte de su auto, puesto que para poder hacer esta revisión, indispensablemente, la policía deberá presentarle a usted previamente una Orden de Cateo emitida por el Juez. Su automóvil es una propiedad privada y nadie tiene derecho a invadirla, revisarla o atropellarla.Si usted ingenuamente permite que la policía revise su maletera, pueden fácilmente "sembrarle" drogas, armas u otros incriminatorios. Lamentablemente como es sabido existen también malos elementos policiales 

SETIMO.- Al llegar a la Comisaría bajarse del vehículo y cerrarlo, no entregar las llaves en modo alguno a la policía aunque se lo pidan o "exijan". Solicitar firmemente al comisario la presencia de un fiscal. 

OCTAVO.- Solicitar el uso de la línea telefónica para llamar a sus familiares, esto debe ser cumplido por la policía. Si a usted lo detienen llame por celular de inmediato a dos o más familiares, dé el número del policía que debe tener en su uniforme y descrita el hecho.

LO QUE NO DEBE PERMITIR DE MODO ALGUNO 
1. Un policía no puede detener a nadie si no es por un flagrante delito. 

2. Si no se ha cometido una falta y la documentación está en regla, un policía necesita una Orden de Captura y una Orden de Cateo (ambas, no basta una) para intervenir un vehículo. 

3. La persona intervenida tiene derecho a pedir un abogado y los policías necesitan la indispensable presencia física de un fiscal para poder hacer una intervención a un vehículo cualquiera. 

4. Los policías están en la absoluta obligación de identificarse. 

5. Si la policía coloca ("siembra") drogas y/u otras substancias, armas, etc. Está cometiendo un muy grave delito contra la administración de justicia. 

6. Si le dicen que hay que ir a una comisaría, hay que exigir ir a la más cercana.


martes, 25 de agosto de 2015

EL DERECHO EN EL ANTIGUO EGIPTO

INTRODUCCION
El Derecho, tal y como lo conocemos en la actualidad, es el resultado de un proceso evolutivo histórico de miles de años, desde la aparición de la especie humana.

La importancia de su estudio desde sus raíces es para conocer los avatares, cambios, diversidad y legados en distintas épocas y civilizaciones que han enriquecido el conglomerado de lo que hoy conocemos como Derecho Moderno.

Las costumbres y la tradición son factores comunes en las sociedades primitivas (Mesopotamia, India y Egipto) y, en parte, de las primeras civilizaciones clásicas (Grecia); donde, por medio del peso de las necesidades y la adaptación a los contextos en los que se desenvuelven, se decide plasmar y fijas costumbres y tradiciones; haciéndolas normativas de carácter imperativo que adquieren concomitantemente fuerza de ley y de obligatoriedad. Es de esa forma como los plurales asentamientos humanos comienzan a plasmar y fijar ésas costumbres en codificaciones; siendo, en muchos casos, vastos códigos que reflejan la vida cotidiana: ceremoniales, religión, pertenencia, alimentación, trabajo, guerra, etc.

Este fenómeno reviste gran importancia para la historia del Derecho, ya que empuja al Derecho Consuetudinario, a un Derecho escrito, menos propenso a la transgresión de las leyes establecidas y a la casi supresión de la práctica interpretativa de las leyes.

Los grandes códigos que la historia registra transcienden en grado superlativo en la formación progresiva de los Estados de Derecho, aunque dificultosamente en principio, debido a las fuertes y comunes formas de gobiernos autocráticos y absolutistas que en repetidos casos obviaban la legitimidad de la ley.

No obstante, esos monumentos codificados (Hammurabi, Eshnuna, Manú, etc.), simbolizan la apertura a la gran marcha triunfal de la consolidación histórica de los pueblos que nos antecedieron y, en consecuencia, de los nuestros.

En el Antiguo Egipto todo lo que afectaba al hombre estaba relacionado: sociedad, economía, religión, ciencia. La justicia, el orden, tenía como finalidad permitir una vida llena de abundancia, felicidad y salud, tanto en este mundo como en el Duat. No había un sistema jurídico similar al Derecho Romano y apenas se han encontrado textos jurídicos, aunque todos los existentes y las inscripciones hablan de la justicia

 EL DERECHO EN EL ANTIGUO EGIPTO
1.    EL DERECHO ANTIGUO
Para analizar el estudio del Derecho antiguo es preciso hacer un breve exordio sobre el origen del Derecho en los pueblos primitivos.

El Derecho no es resultado de la mera casualidad o del azar durante la existencia de la raza humana, sino que es producto de la vida y de la necesidad a que está sujeto el hombre[1]. Me atreveré a explicar éste fenómeno:

El hombre era dueño y poseedor de todo lo que ocupaba el espacio, no obstante, aparecieron otros que se disputaban el dominio universal; a raíz de esto, el sentido de la propiedad y de la pertenencia surgió. Fue entonces que el hombre sedentario primitivo formó parte de la dinámica social y se incorporó a agrupaciones en forma de tribus, clanes y hordas que se enfrentaban las unas a las otras, ejerciendo supremacía o debilidad.

Esa desigualdad contribuyó a que el Derecho sea un principio de autoridad que se imponía a los menos fuertes y aptos. Las tribus vencedoras subyugaban e implantaban sus costumbres a las hordas sometidas, originándose la Moral: sistema establecido por la fuerza; engendradora del Derecho Consuetudinario (el más primitivo).

Las sociedades comenzaron a dividirse debido a los conflictos sociales (guerras), implicando una evolución social del Derecho, ya que los conquistadores aplicaban el Derecho a los conquistados; forma que se resumió en que los que ostentaban armas, poder y dinero legislaran en contra de aquellos que cometiesen insubordinación a la autoridad establecida (delito). De ahí que las condenas eran atribuidas en función del delito: político, artificial, común o natural.

A través de la historia de los antiguos pueblos o civilizaciones, el Derecho ha jugado un papel fundamental para el desarrollo de los sistemas sociales y de la convivencia colectiva, instituyendo normas, regulaciones, acuerdos e instituciones que han organizado en cierta forma su desenvolvimiento.

Pero, aunque hablemos de un Derecho durante la antigüedad, debemos destacar que ése Derecho no es perfectamente caracterizado como los pueblos contemporáneos. Ni siquiera son comparables con los pueblos de la antigüedad clásica, griega y romana, ya que carecían de una unidad sistemática jurídica basada sólo en preceptos morales y costumbristas.

Éstas sociedades pueden ser muy diferentes, sin embargo, hay un carácter común entre ellas, “la idea religiosa absorbe y domina las otras manifestaciones del espíritu, política, filosofía, Derecho y ciencia están subordinadas especialmente a la religión y bajo la dirección y dependencia del poder sacerdotal”[2].

Por medio de ésta premisa, podemos entonces afirmar que el factor común en las normas jurídicas de egipcios, mesopotámicos, indios, chinos, persas y griegos es el Derecho al servicio de Dios y de su ley. Ello resalta que este estudio estará cargado de legislación teológica y monárquica.

2.    DERECHO EN EL ANTIGUO EGIPTO
La civilización egipcia es una de las más ancestrales y significativas para el proceso evolutivo histórico del Derecho; ya que constituye, junto a India, los países-madre de la Historia y de las primeras instituciones y figuras jurídicas del mundo[3].

Egipto era una sociedad totalmente materialista y de carácter práctico calando dentro del Derecho, lo que permitió que se nutriera de su tradición y sus costumbres; haciéndola una maquinaria que funcionaba de forma perfecta en todas las materias jurídicas y en la legislación de justicia, ya que se ajustaba a las necesidades de su colectividad.

Egipto transmitía sus reglas de conducta y sus normas (todo lo que se denomina Derecho) así como su espíritu filosófico al través de su tradición[4]. Éste método fue tan eficaz que fue adoptado por muchas comunidades e, incluso, ha influido en la legislación actual en materia de penas, con el único contraste de que la implementación del castigo era exagerada e inflexible.      

La expresión práctica de la cultura egipcia imprime absoluta realidad a sus normas y ejecuciones jurídicas; ya que son inspiradas en la vida cotidiana. Ese carácter práctico se traducía en crear instituciones que asegurasen la existencia de una vida estable, ordenada y próspera.

El Derecho rudimentario y primitivo egipcio evoluciona y logra su gran unificación cuando Egipto conquista todos los pueblos limítrofes (nomos) y los somete al gran Imperio del Nilo, aplicándoles la esencia tradicionalista, lo que fomentó la unión del sistema judicial a través de todos sus dominios basados en la costumbre y en las ideas.

Luego de la unificación del imperio, el escalafón del poder se estableció inmediatamente. La máxima autoridad fue el Faraón, a quien se le atribuía poderes sobrenaturales y era considerado un dios en la tierra con facultades ilimitadas y fuente de todo conocimiento y sabiduría.

La autoridad del Faraón era irrevocable, de inmediata ejecución e incuestionable. Se le denominaba “el Señor del Derecho”. 

En la pirámide jerárquica le seguía el Clero, una clase de sacerdotes, quienes se encargaban de las actividades y ceremoniales religiosos, eje sobre el que giraba toda la sociedad egipcia.

3.    INSTITUCIONES DEL ANTIGUO EGIPTO
En Egipto se utilizó tres de las instituciones más viejas del mundo, las cuales han llegado a nuestro Derecho moderno casi intactas; variando de acuerdo a las culturas y grupos étnicos a lo largo de la historia. Estas instituciones significaron para los egipcios la renovación en los regímenes matrimoniales, de sucesión, de comercio, de traspaso de bienes, patrimonios familiares, hipotecas, etc.

3.1  Adopción
Fue una institución asimilada por los egipcios a través de asirios, hebreos y judíos; practicándola de modo parecido. Luego tomada por los griegos y después transmitida a los romanos.

3.2  Matrimonio
Para egipcios y muchas otras sociedades, el matrimonio constituía la institución primaria, base fundamental social, la cual exigía formalidad religiosa.

3.3  Hipoteca
Era concebido como un contrato real por acuerdo oral o compromiso honorable por el cual el deudor entrega a su acreedor un inmueble para que disfrute de él como propietario y se compense así por el fruto que deriva del mismo ese capital que tiene invertido y comprometido en la deuda, durante todo el plazo del contrato, que vencido éste pueda apropiárselo, cumplidas ciertas formalidades legales.

4.    ORGANIZACIÓN FAMILIAR
La familia es la base de la organización social en el periodo del Imperio del Nilo. Egipto, desde sus inicios fue un pueblo matriarcal; en donde el protagonismo doméstico era representado por la mujer.

El patriarcado surge en la época faraónica o con mucha posteridad al Egipto primitivo. La mujer era sojuzgada al hombre por el poder marital, quien se encargaba de los oficios, tejer, preparar alimentos, criar hijos, etc.

La costumbre establecía el matrimonio incestuoso, pues a la muerte del hombre era repartido en partes iguales entre los hijos y la viuda. La poligamia estaba permitida, estableciendo la distribución igualitaria entre todos los hijos de cada matrimonio.

El faraón Aramis instituyó el matrimonio civil. El matrimonio civil era digno para personas comunes y el religioso sólo para piadosos. El divorcio era practicado y aceptado, pudiendo ser pedido por la mujer o el hombre, indistintamente.

5.    JUSTICIA EN EL ANTIGUO EGIPTO
La Justicia, en el Antiguo Egipto, estaba bajo la advocación de Maat, que representaba el orden cósmico que hacía posible la vida. Es por ello que tanto el chaty, magistrado supremo, como el resto de magistrados y los presidentes de los distintos tribunales eran sacerdotes de la diosa, y todos ellos ocupaban la más alta jerarquía en la administración, eran los primeros después del faraón.[5] La misión principal del monarca, representación viva de Ra en la tierra, era hacer reinar la justicia para que el orden imperase y el país fuese próspero

El Faraón era la representación en forma humana de los dioses sobre la tierra, lo que implicaba que de él emanaban las leyes. Era el guardián de la Ley y tenía la última palabra sobre casos extraordinarios en materia procesal. En la práctica, la justicia era oficio de los sacerdotes, quienes formaban un tribunal de treinta miembros escogidos entre ellos  mismos por votaciones. Era presidido por un presidente, quien dirigía los debates en los asuntos contenciosos.

El procedimiento era sencillo y escrito, función de los escribas. Los abogados no existían, por lo que los litigantes debían defenderse por ellos mismos. El presidente era encargado de emitir el fallo; pero, en defecto de ello, el presidente lo hacía presentando la imagen de la diosa Ma (la verdad y justicia). La apelación sólo podía ejecutarse cuando el proceso era conocido y valorado por el enorme aparato burocrático egipcio.

La jerarquía se encontraba en la siguiente escala
-       El Faraón, dios viviente y garante del orden y la justicia.
-       El chaty, primer ministro, mano derecha del faraón.
-       El haty, gobernador de un nomo.
-       El wpyw, tribunal.
-       El dedet consejo local de funcionarios.
-       El seb juez de primera instancia.
-       El sr escriba adscrito a la administración de justicia.

6.    CODIFICACION EGIPCIA
No se ha encontrado ningún código de leyes egipcio, aunque existen referencias indirectas de la existencia de normas, así como se conoce variadas formas de juramento. Aseguraba la lealtad que también refiere al pasado y presente, no sólo al futuro. Dentro del juramento se encuentra el juramento personal de carácter privado. También tienen destacado papel los testigos como elemento de garantía

Los documentos legales se dividen en:

-      Los relativos a cuestiones familiares o particulares: competen al derecho privado, salvo cuando se trata de la herencia de un cargo oficial dentro de la familia que se regula por el derecho oficial. Existía y estaba regulado el divorcio o la adopción, así como se juzgaba los malos tratos o el adulterio.

-       Los contratos comerciales y los préstamos.

-       Derecho criminal: El primer paso era la denuncia y colocación del criminal ante el poder. Se han documentado casos de abuso de poder de funcionarios que eran vigilados, investigados e interrogados. Hay tribunales de justicia locales en algunas ciudades documentados desde el 2600 a. C.

-       Contratos con el palacio o templo: son oficiales. Se regula en ellos los títulos nobiliarios, el censo, las reclutas de soldados u obreros, notas de impuestos, inventarios y diarios. Los sacerdotes intervenían en el derecho y las leyes, ya que en todas las épocas los sacerdotes ejercieron funciones de magistrados y los templos eran palacios de justicia.

-       Las sentencias podían declarar inocencia, culpabilidad y está atestiguada la privación de la libertad, requisa de propiedades, condena a trabajos forzados, castigos corporales y la condena de muerte. Los trabajos forzados podían ser en las minas, y la condena de muerte, en caso de extrema gravedad del delito, podía ser por ahogamiento e incluso se llegaba a quemar el cadáver para impedirle al condenado la vida eterna.

Uno de los más antiguos es la llamada Estela de Guizé; se trata del contrato de compraventa de una casa celebrado en torno al 2500 a.C. entre un sacerdote y un escriba que, hablando en primera persona, formalizan el documento con casi todas las formalidades y garantías jurídicas que habríamos exigido hoy en día (declaración del comprador y del vendedor, descripción del bien que se transmite, precio, firmas de testigos, etc.) lo que presupone la existencia de un Derecho Civil muy desarrollado en el siglo XXVI antes de Cristo. En la actualidad, la estela se muestra en el Museo de El Cairo.

Dos siglos más tarde, sobre el año 2360 a.C., se escribieron las Máximas de Ptahhotep que conserva el Louvre; el nieto de aquel visir –el segundo cargo más importante tras el faraón– reunió los consejos legales que su abuelo aplicó durante el ejercicio de su cargo; el más conocido es un sencillo proverbio que dice: El que quebranta las leyes es castigado. No fue el único visir inmortalizado: la tumba de Rejmire detalla con mucha precisión cómo transcurría una jornada en la Sala de Audiencias (salvando las distancias, el Tribunal Supremo de aquel tiempo) donde este alto cargo escuchaba los conflictos de los ciudadanos y trataba de resolverlos, sentado sobre un cojín con las piernas cruzadas.

Muchos faraones (como Neferirkare, Pepi II, Horemheb o Seti I) aprobaron decretos sobre diversas materias que, en mejor o peor estado, han llegado hasta nosotros: concediendo la inmunidad fiscal a los sacerdotes del templo de Abidós, persiguiendo la corrupción de los funcionarios, reformando el sistema judicial o estableciendo castigos (como el destierro o la amputación de la nariz) para los adúlteros, ladrones y evasores que no pagaran los impuestos.

Aunque el antiguo Derecho Faraónico no llegó nunca a codificarse, tal y como hoy en día entendemos la codificación (no existía ningún Código Civil o Mercantil), los expertos sí que suelen emplear el concepto de código para designar al conjunto de normas que se aprobaron durante el reinado de algunos faraones; uno de los legisladores más importantes de aquel tiempo fue el injustamente desconocido Bocoris (siglo VIII a.C.) que, por ejemplo, reunió los modelos de contratos que podían celebrar los particulares ante notario para transmitir sus bienes, reguló el préstamo de dinero, estableció la jerarquía existente entre los órganos judiciales del Bajo Egipto e incluso, según algunos egiptólogos como John Baines, abolió la pena de muerte durante su reinado sustituyéndola por trabajos forzados. Lamentablemente, este faraón fue detenido y quemado vivo en una pira por su sucesor en el trono.

Cuatro siglos más tarde, se escribió un papiro conocido como el Código de Hermópolis (s. III a.C.) en el que se reunieron las principales normas del orden civil para que los magistrados pudieran consultarlas a la hora de impartir justicia.

7.    CONCLUSIONES
-       El derecho en nuestros días, es el reflejo de una larga y extensa superación de escollos impuestos por la misma sociedad y sus instituciones. todo lo que hoy somos en materia de derecho, es gracias a las innumerables transformaciones que han surtido sobre la evolución histórica del derecho.

-       Como se pudo apreciar, la verdadera esencia del derecho proviene de las más antiquísimas formas de costumbres que prevalecieron tanto en la prehistoria como en la historia. por lo que se puede afirmar, que el derecho es un resultado directo de la interacción social por medio de sus costumbres. la preeminencia del derecho antiguo, será siempre base fundamental para el estudio de los textos jurídicos y para la comprensión de su aplicación práctica, sobre todo, cuando nos referimos a las distintas instituciones y figuras legales.

-       El Faraón era la representación en forma humana de los dioses sobre la tierra, lo que implicaba que de él emanaban las leyes. Era el guardián de la Ley y tenía la última palabra sobre casos extraordinarios en materia procesal.

-       El derecho en el antiguo Egipto no  se ha encontrado ningún código de leyes egipcio, aunque existen referencias indirectas de la existencia de normas, así como se conoce variadas formas de juramento, mas bien en el antiguo Egipto se basan por las leyes que imponía el faraón, quien era la máxima autoridad suprema.

-       El sistema de justicia egipcio presenta diversas administraciones de las penas, y una sentencia civil o religiosa podía declarar inocencia, culpabilidad y criminalidad en casos concretos. Está atestiguado la privación de libertad, obligación de trabajos forzados, castigos corporales y pena de muerte.


BIBLIOGRAFIA
-        MANCINI, Anna (2004). El misterio de Maat, diosa de la justicia en el antiguo Egipto. Buenos Books América

-       MONTET, Pierre; traductora: CRESPO, Cristina (1993). La vida cotidiana en Egipto en tiempos de los Ramsés

-       FERNÁNDEZ DEL POZO, Luis. La propiedad inmueble y el Registro de la Propiedad en el Egipto faraónico». Anales de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba, pág. 139.

-       MANGAS, J. (1994). Manual de Historia Universal. 2 Historia Antigua. 143-147 La unidad territorial y la conformación del sistema religioso. Madrid.



[1] MONTET, Pierre; traductora: CRESPO, Cristina (1993). La vida cotidiana en Egipto en tiempos de los Ramsés
[2] FERNÁNDEZ DEL POZO, Luis. «La propiedad inmueble y el Registro de la Propiedad en el Egipto faraónico». Anales de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba, pág. 139.
[3] MANGAS, J. (1994). Manual de Historia Universal. 2 Historia Antigua. 143-147 La unidad territorial y la conformación del sistema religioso. Madrid.
[4], Pierre; traductora: CRESPO, Cristina (1993). La vida cotidiana en Egipto en tiempos de los Ramsés
[5] MANCINI, Anna (2004). El misterio de Maat, diosa de la justicia en el antiguo Egipto. Buenos Books América